¿Cómo se interrumpe la prescripción en Argentina?

En Argentina, el proceso de prescripción —ese derecho que permite adquirir o perder algo por el paso del tiempo— no es automático ni irreversible. Existen formas legales de detenerlo, y una de las más importantes es la presentación de una demandar judicial contra el poseedor o deudor.

Según el artículo 3.948 del Código Civil y Comercial argentino, basta con que se presente una demanda para que el cómputo de la prescripción se interrumpa. Y lo interesante es que esto ocurre incluso si la demanda se hace ante un juez que no tiene competencia territorial o si tiene algún defecto formal. Incluso si quien la presenta no tenía capacidad legal en ese momento, como podría pasar si actúa un menor o una persona bajo tutela sin representación adecuada.

Esto significa que no es necesario que la demanda prospere o que termine a favor del demandante. Lo clave es la interrupción del tiempo que lleva contándose para la prescripción. Una vez presentada, el reloj se detiene y, en muchos casos, vuelve a comenzar desde cero.

Este mecanismo es especialmente relevante en casos de deudas o derechos sobre bienes inmuebles. Por ejemplo, si alguien está a punto de adquirir un terreno por prescripción adquisitiva (usucapión), el verdadero dueño puede evitarlo simplemente presentando una demanda, aunque sea imperfecta. Es una herramienta clave para proteger derechos que, de otro modo, podrían perderse solo por el paso del tiempo.

En resumen, la ley prioriza la defensa del derecho: no basta con esperar a que caduque, si quien tiene el interés legítimo no se queda inactivo.

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