Cuándo no aplica la prescripción adquisitiva de dominio
La prescripción adquisitiva de dominio, conocida comúnmente como “usucapión”, es un mecanismo legal que permite a una persona adquirir la propiedad de un inmueble tras poseerlo de forma continua, pacífica y pública durante cierto tiempo. Sin embargo, no siempre procede este derecho, especialmente cuando el acceso a la posesión no ha sido legítimo.
Por ejemplo, si alguien entra en posesión de una vivienda mediante el despojo violento de la persona que la habitaba, o si se obliga a un antiguo propietario a abandonar el inmueble bajo amenazas o coerción, la prescripción adquisitiva no puede aplicarse. La ley peruana es clara: para que este proceso sea válido, la posesión debe ser justa, pacífica y sin violencia física o psicológica contra quienes ocupaban el bien.
Además, esta figura no procede si la ocupación se originó por actos ilícitos, como allanamiento o usurpación con fuerza. El orden jurídico busca proteger los derechos de los verdaderos dueños y evitar que quienes actúan de mala fe se beneficien de sus propios actos ilegales. La buena fe del poseedor es un requisito esencial, y cuando se demuestra que hubo violencia o amenazas, dicho requisito desaparece.
Como señala el Estudio Garcés Abogados, es fundamental que el proceso de prescripción se base en una posesión transparente y respetuosa del derecho ajeno. De lo contrario, el intento de apropiación no tendrá respaldo legal, y el verdadero propietario podrá recuperar su inmueble sin mayores complicaciones.
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