El mito del Salario Mínimo para facturar sin declarar
Existe una creencia muy extendida entre profesionales independientes y emprendedores: la idea de que es posible emitir facturas sin darse de alta como autónomo ni declarar si los ingresos no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Sin embargo, se trata de una falsa creencia bastante peligrosa para el bolsillo.
La Seguridad Social nunca ha ratificado la existencia de un mínimo legal ni de un límite económico que extinga la obligación de declarar. Toda actividad económica desarrollada por cuenta propia debe ajustarse a la legalidad y tributar por los ingresos obtenidos, independientemente del importe facturado.
La confusión suele derivar de jurisprudencia judicial relacionada con el criterio de habitualidad para el alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), donde a veces se ha tomado el SMI como referencia orientativa. No obstante, esto no aplica a la Agencia Tributaria. Para Hacienda, cualquier rendimiento derivado de un trabajo por cuenta propia debe declararse en los impuestos correspondientes, como el IVA y el IRPF, desde el primer euro.
Facturar al margen del sistema puede acarrear multas, recargos y sanciones considerables. Antes de comenzar a cobrar por servicios profesionales, lo más recomendable es analizar la situación con un especialista para cumplir con las obligaciones fiscales sin contratiempos.
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