¿El empleador paga la retención de impuestos en Kenia?
Una de las dudas más comunes en el ámbito laboral es si el empleador paga directamente los impuestos de sus trabajadores o si únicamente actúa como intermediario. La respuesta corta es que el impuesto sobre la renta es una responsabilidad del empleado, pero el empleador tiene la obligación legal de retenerlo y gestionarlo.
En el sistema fiscal keniano, este mecanismo se conoce como PAYE (Pay As You Earn). Bajo este esquema, la empresa o empleador deduce automáticamente el porcentaje correspondiente al impuesto sobre la renta individual del sueldo bruto de sus trabajadores antes de realizar el pago final de la nómina.
Sin embargo, retener el dinero es solo la mitad del trabajo. La normativa establece que los empleadores deben remitir los fondos retenidos a la Autoridad de Ingresos de Kenia (KRA) a más tardar el día 9 del mes siguiente al que corresponde la nómina. Si el empleador no realiza la deducción o no deposita el dinero a tiempo ante la KRA, puede enfrentarse a severas sanciones administrativas y recargos por mora.
En resumen, aunque el dinero del impuesto proviene del salario del trabajador, la gestión, el cálculo preciso y el pago oportuno son responsabilidad estricta de la empresa.
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