¿Es posible tener una retención del 0% de IRPF en la nómina?
Una duda muy frecuente entre los trabajadores al recibir su nómina es por qué en algunos casos la retención del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) aparece al 0%. La respuesta corta es sí, es perfectamente legal y habitual en determinadas situaciones personales y laborales.
El porcentaje de retención no se aplica de forma aleatoria, sino que depende de la previsión de ingresos anuales y de la situación familiar del empleado. Según los tramos del impuesto, el primer tramo estatal y autonómico se sitúa entre los 0 y los 12.450 euros, con un tipo del 9,5% para cada uno (un 19% en total). Sin embargo, existen mínimos personales y familiares exentos de retención.
Si un trabajador tiene un contrato temporal de corta duración, trabaja a tiempo parcial o sus ingresos anuales estimados no superan el mínimo obligatorio fijado por Hacienda, la empresa aplicará un 0% de retención en su nómina. Esto significa que el empleado cobrará su salario íntegro mes a mes sin ningún tipo de descuento a cuenta del impuesto.
No obstante, es importante tener precaución. Aunque no te retengan nada en la nómina, si superas los límites fijados para tener la obligación de declarar la Renta, podrías tener que pagar ese dinero de golpe en la declaración anual. Para evitar sorpresas, siempre es posible solicitar por escrito a la empresa que aplique un porcentaje mayor de retención.
Comentarios
Aún no hay comentarios. Sé el primero en reaccionar.